20 de Junio - Día de la Bandera Argentina

miércoles, 2 de abril de 2008



ACTO DE APERTURA

“ESPECIALIZACIÓN EN CIENCIAS PENALES”


ORGANIZADA POR LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA

DISCURSO ACTO DE APERTURA DEL:

Dr. VÍCTOR RENÉ MARTÍNEZ

LUGAR: SECRETARÍA DE POSTGRADO
SALTA

FECHA: 27 DE MARZO DE 2008.


1. Señor Rector de la Universidad Católica de Salta
Dr. Gustavo Alfredo Puig

2. Señor Vice Rector Adminsitrativo de la Universidad Católica de Salta
Ing. Manuel Cornejo Torino

3. Señor Director de la Carrera “Especialización en Ciencias Penales”
Dr. Abel Cornejo

4. Señores Magistrados.

5. Sra. Secretaria de Posgrado, Prof. Luz Mercedes Candiotti de Llaya.

6. Catedráticos Expositores.

7. Señores Abogados.

8. Estimados Alumnos de esta carrera de Postgrado “Especialización en Ciencias Penales”

9. Queridos amigos.

10. Señoras y Señores.

El Rector y los Vice Rectores de la UCASAL han puesto en vigencia un proyecto docente de enseñanza superior hoy ejecutado como realidad tangible, que a los profesores de la facultad de Ciencias Jurídicas nos compromete para enmendar errores, reivindicar la genuina escala de valores, y orientar con la fe cristiana a quienes perdieron el rumbo por su caída al vacío del escepticismo. Estos objetivos son la causa esencial de la convocatoria a la carrera de postgrado de “Especialización en Ciencias Penales”.-
El contenido de todos los programas señala un amplio horizonte de investigación que para esta ocasión, sería extenso y tedioso desarrollarlo. Como expresión de respeto por la atención del calificado auditorio, me referiré al vapuleado tema sobre los Derechos Humanos.-
Hoy se usa el nombre de los derechos humanos con cualquier pretexto y con tal temeridad reiterativa, que ya suenan como palabras huecas o contradictorias, al extremo, que aparentan ser el escollo que está impidiendo su propia vigencia y la falsa invocación para satisfacer espureos intereses.-
Quizás, la causa de la confusión radique en la falta de adecuada respuesta a los siguientes interrogantes. A que esfera del conocimiento pertenecen los Derechos Humanos, al campo de ¿lo jurídico?, o de ¿lo moral?, o de ¿lo político?, o ¿al conjunto entremezclado de estos ámbitos de investigación?, pues no olvidemos que los tres órdenes dimanan de una misma raíz: el ser humano.-
Del mismo modo con que se divide el “Imperium” del estado en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial, también es necesario perfilar con nitidez el área de los valores éticos, diversa del área de los valores jurídicos y del área de los valores políticos, pues de no ser así, reincidiríamos en el vicio de toda dictadura cuando justifica su arbitrariedad con el dañino o peligroso fundamento de la “Situación de Emergencia”. Para prevenir el pernicioso efecto, nada mejor que respetar la identidad propia de cada valor ético, jurídico y político, pues con la razonable co-existencia de ellos obtendremos el idóneo instrumento para prevenir, rectificar o frenar la arbitrariedad del poder político, sea del signo que fuere, derecha, centro, o izquierda, estatal, paraestatal o sectorial, pues los Derechos Humanos no son monopolio exclusivo y excluyente de ideologías de izquierda, ni del centro, ni de derecha.-
Fernando Savater con su obra “Ética Como Amor Propio” acude a Platón (en el “Protágoras”), para distinguir y armonizar la coexistencia del ámbito de:
a) La ética o el “Aídos”; b) el derecho o el “Dike”; c) la política del Estado o “Kratos”, y nos ilustra afirmando que ninguno funciona independientemente, los tres se necesitan, pues los dos primeros –ética y derecho- no serían realidad social sin el poder político –kratos- que los implemente y proteja, pero la ética o “Aídos” con el derecho o “Dike” controlarán mediante el reproche y la censura cualquier desborde de la fuerza del “Kratos” o poder político, cuando se convirtiere en coacción arbitraria.-
Perfilados los tres campos de estudio, cabe preguntarse, ¿en cual de ellos están los Derechos Humanos?, considero que en los tres, ya que se traducen normativamente como exigencia concreta del ser humano, simultáneamente, se encuentran en el ámbito de la ética como fundamento del derecho porque siempre están reclamando justicia, por ej.: dar a cada uno lo suyo, o resarcir el daño causado por otro. Pero los derechos humanos también son de naturaleza política, ya que intentan controlar la coacción del Estado o de otra especie de poder contra las personas. En resumen –al decir de Fernando Savater-, los Derechos Humanos son transversales a la Ética, al Derecho y a la Política.-
No hay derecho sin autoridad que lo reconozca y respalde, por tanto cabe preguntarse:
¿Se puede invocar tener derecho a algo sin la autoridad que garantice su vigencia?, no. Pero si tendrá vigencia cuando este respaldo con la autoridad institucional del Estado Nacional, Provincial o Municipal, cuando los Derechos Humanos ingresen al ordenamiento jurídico interno como concreta legislación nacional, recién y en verdad podrán alcanzar eficacia jurídica. Esta respuesta es el fundamento del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional sancionada en 1994, así obtuvimos el instrumento normativo idóneo para que los Derechos Humanos superen el marco de abstractas aspiraciones y se constituyan en derecho vigente.-
Ahora bien, antes que el respaldo de la coercibilidad del “Imperium” de la autoridad estatal, está el “sentido legal” de esa fuerza emanado de la propia condición del ser humano como sujeto de derecho, cual axioma universal que, repudiando la arbitrariedad protege la dignidad de las personas.-
Pero también cabe señalar que la “universalidad” propia de los Derechos Humanos, no significa un derecho supra-nacional, sino que hacen de parámetro universal para juzgar si es que rige el “sentido legal” como derecho interno, positivo o vigente, de cada estado integrante de la comunidad mundial, puesto que, si el Derecho Humano es propio del hombre, pertenece a todos los hombres, sin distinción de fronteras.-
Con un criterio pragmático hay autores como Hobbes o Spinoza que consideraron al Derecho Natural (de antes) o Derechos Humanos (de hoy) como un mosaico de necesidades esenciales típicas del ente humano, prescindiendo del país en que se encuentre y de la cultura a que pertenezca, verbigracia: la protección de la vida, la libertad, la condición humana, etc. Con este fundamento, los Derechos Humanos están más vinculados a la supervivencia humana que a la utopía.-
Sea el fundamento que fuere, lo cierto es que desde la primigenia abstracción filosófica de los Derechos Humanos se ha evolucionado hacia una mayor positivización de ellos, así lo evidencia –reiteramos- el art. 75 inc. 22 de nuestra Constitución vigente, lo cual, nos determina para asumir su inclaudicable defensa, pregonando vigencia plena contra algunos institutos procesales o caduca jurisprudencia que podrían reducir a los Derechos Humanos a estéril moción de anhelos.-
Resulta indudable que en la dinámica de todo proceso penal, se da un constante conflicto entre el interés individual por la libertad y el interés social por la represión del verdadero delincuente, esto es así, porque se juzgan conductas humanas, y nadie podrá negar que el ser humano en si mismo, o en su fuero íntimo, vive una constante contradicción, que en el proceso penal se convierte en una intensa tensión dialéctica entre libertad y represión, propia de la especie humana, como la vida y la muerte, al decir de Heráclito:
“VIVIR DE MUERTE Y MORIR DE VIDA”
Esta dimensión de la existencia humana, es la justa medida que debemos emplear como parámetro para elaborar la reforma procesal penal, proponiendo un proyecto en pos de la obtención de una justicia menos majestuosa, pero infinitamente más práctica, porque los abogados unidos por la afinidad solidaria, cotidianamente sufren las llagas de la miseria humana ventilada y exhibida en todo proceso penal.-
Para no improvisar, consultando la Doctrina Jurídica internacional, se nos planteó un dilema ha decidir entre los antecedentes legislativos del pragmatismo norteamericano versus los antecedentes legislativos del mesurado orden jurídico europeo.-
Al resolver la cuestión, debemos hacer un poco de “cazador furtivo” en el saber fecundo de la vieja Europa, que sufrió la macabra experiencia de setenta millones de muertos cual deplorable saldo de la Segunda Guerra Mundial. Como escarmiento, Europa resucitó de entre los escombros acudiendo a las instituciones jurídicas, a un Poder Judicial independiente, y a un sistema democrático y republicano que protege al individuo contra los abusos del poder político.-
Y hacia aquella Europa acudiremos, especialmente, a la cultura jurídica de España y Alemania, que hoy remozadas por haber recuperado el sistema republicano y democrático, lucen resplandecientes por el trascendente protagonismo logrado con sus instituciones jurídicas y judiciales, obteniendo así, la pacífica coexistencia social que toda seguridad jurídica confiere.-
Pretendemos establecer una equilibrada conjunción de teorías y prácticas, alejándonos de la arrogante actitud de los filósofos de salón, porque se ha tomado partido actuando concretamente para resolver problemas que la administración de justicia argentina y salteña nos está planteando.-
El límite de nuestra innovación será no pedir más de lo que se puede alcanzar, observando el estado real de las cosas y comprendiendo los prejuicios comunes, pues por ley natural, a los ríos se los puede desviar de su curso, pero no imponerles que retrocedan.-
La tarea no será fácil, seremos osados contra las viejas ideas que consolidabam el majestuoso apoltronamiento de la solemne magistratura con su pernicioso efecto del letargo procedimental.-
Para ello, nos proponemos flexibilizar la fosilizada rigidez de caducas disciplinas, que al ser superadas por la dinámica social, hoy pusieron al proceso penal en crisis, toda vez que se percibe a simple vista o sin mayor esfuerzo, la celeridad con que las sociedades evolucionan superando la estática situación de las instituciones jurídicas, de entre ellas, la institución judicial.-
Estos fenómenos sociales e institucionales son las causas esenciales que demandan una urgente actualización de la ley penal y del Derecho Procesal Penal, pues no olvidemos, que el proceso penal es la senda que por imperio de la ley forzosamente debemos transitar para llegar a la meta que todos aspiramos, es decir: alcanzar la vigencia real del valor justicia.-
Por Vstra. asistencia y fatigosa atención, muchas gracias.-
Salta, 27 de marzo de 2008.-
Dr. Víctor René Martínez
Decano
Facultad de Ciencias Jurídicas
Universidad Católica de Salta
El Centro de ex Internos Fraternales "Dr Ernesto A. Maxit" publica las palabras del Dr Víctor R. Martinez, distinguido y apreciado confraternos, en ocasión del acto académico aludido. Hace unos pocos días visitó Concepción del Uruguay compartiendo muy gratos momentos con sus amigos fraternales y desde acá lo saludamos con todo afecto.

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Homenaje al Ingeniero GUSTAVO TORRESÁN (f), hijo del Fraternal Jorge Torresán

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